INFORME SOBRE LA OBSERVANCIA DE ESTÁNDARES Y CÓDIGOS (ROSC). CONTABILIDAD Y AUDITORÍA (A&A) AÑO 2021
Por: Flor Estela Quiroga Mora. Presidente Nacional del Colegio de Contadores Públicos de Colombia.
En el año 2003la comunidad contable de Colombia tuvo la oportunidad de conocer El Informe sobre Observancia de Códigos y Normas (ROSC), emitido por el Banco Mundial, preparado con base en los resultados de un estudio de diagnóstico sobre las normas y prácticas contables y de auditoría que se aplicaban en aquel entonces, en el marco institucional que servía de soporte al sistema de presentación de información financiera de las sociedades en el país.
El estudio infirió que, los requisitos legales y reglamentarios sobre contabilidad conlleva a la expedición de normas contradictorias, originadas en múltiples fuentes. Así mismo concluyó que los requisitos legislativos sobre auditoría reñían con el concepto moderno de auditoría de los estados financieros pues no existía un requisito de auditoría externa para los estados financieros en Colombia. En síntesis, afirmó que había tantos inconvenientes en la capacidad y regulación de la profesión contable que ésta, en aquel momento, no podía servir de base para una auditoría independiente de los estados financieros.
En consecuencia, de lo anterior, en el informe ofreció recomendaciones para el mejoramiento de las prácticas contables y de auditoría, entre ellas:
- Fortalecer los mecanismos de cumplimiento obligatorio de las normas, a fin de garantizar la conformidad con los requisitos contables y de auditoría y un código de ética profesional para los auditores.
- Recomendó establecer un organismo regulador estatutario pertinente.
- Erigir una política que concernía la creación de un Consejo Superior que se encargara de emitir estándares contables y de auditoría como requisitos obligatorios al nivel local para las entidades de interés público;
- Instaurar una nueva organización profesional de auditores de estados financieros;
- Reformar el programa académico universitario de contaduría, lo cual incluía, mejoras significativas en la capacidad docente de los profesores de contaduría de las universidades y la organización de programas de capacitación sobre aspectos prácticos de los estándares internacionales de contabilidad y los de auditoría para contadores, auditores y terceros.
En el presente año 2021, El Gobierno Nacional a través de los Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, en cumplimiento de la Ley 1314 de 2009, ha incorporado a la legislación nacional normas de Información financiera y aseguramiento de la información dentro del proceso de convergencia que adelanta el Estado hacia estándares internacionales de aceptación mundial; por lo cual, ha manifestado su interés de obtener retroalimentación de la regulación expedida y su implementación, la capacidad de la profesión contable para estos efectos y de las autoridades para desarrollar sus funciones en estas materias.
Para lo tanto, nuevamente se contó con la asistencia técnica del Banco Mundial, entidad que junto a la Unidad de Regulación Financiera, URF, entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, (MINCIT) asumieron la misión inicial del Banco Mundial para la actualización del Informe ROSC -A&A y para ello han de evaluar las fortalezas y debilidades del entorno contable y de auditoría, que influyen en la calidad de la información financiera corporativa de las entidades; y consecuentemente, formulará recomendaciones pertinentes en torno al marco institucional que soporta el régimen de auditoría y el reporte de informes financieros corporativos, entre otros aspectos.
De acuerdo con lo anterior, se llevó a cabo durante los días 5 al 13 de abril del presente año, la ejecución de un plan de trabajo con el fin de conocer los puntos de vista de los principales actores (gremios; academia; y, firmas de auditoría, entre otros interesados) del proceso de convergencia, insumo relevante a considerar dentro del análisis que realizará dicho equipo. Dentro de estos actores, fue convocado el Colegio de Contadores Públicos de Colombia-CONPUCOL quien expuso su punto de vista sobre el papel de la entidad en la presentación de Informes Financieros Corporativos y la auditoría (aspectos positivos y por mejorar), los progresos alcanzados después del diagnóstico y recomendaciones del ROSC-A&A 2003, los desafíos actuales, y las prioridades futuras en relación con los Informes Financieros Corporativos en Colombia.
Se resalta que, cada actor convocado fue invitado a diligenciar un cuestionario con el propósito de comprender la profesión contable en Colombia, así mismo los caminos para los aspirantes a profesionales de la contabilidad y auditores para ingresar a la profesión, mediante el mantenimiento de la competencia profesional, y las funciones y responsabilidades de las organizaciones profesionales de contabilidad (PAO). Este ejercicio se realizó mediante preguntas basadas en las buenas prácticas internacionales con respecto a las habilidades profesionales, la educación y las competencias esperadas para la profesión contable, como las Normas Internacionales de Educación (IES) emitidas por la Junta Internacional de Normas de Educación Contable (IAESB).
El cuestionario estuvo estructurado en tres secciones de la siguiente manera:
a. Requisitos de ingreso a la profesión contable
b. Continuando el desarrollo profesional
c. Organizaciones profesionales de contadores.
Veamos cada una de estas Secciones, aclarando que el Colegio de Contadores solo participó en la tercera de ellas, obviamente por pertinencia.
A. Requisitos de ingreso a la profesión contable
Las preguntas parten de la definición que La Junta de Normas Internacionales de Educación Contable (IAESB) establece sobre contador profesional: “una persona que logra, demuestra y desarrolla aún más la competencia profesional para desempeñar un papel en la profesión contable y que debe cumplir con un código de ética según lo indique una organización contable profesional o una autoridad de concesión de licencias”. Esta definición incluye a las personas con autoridad para firmar la opinión de auditoría / el dictamen del auditor (equivalente a ‘auditor legal’ o ‘socio del encargo’). Se resalta que, la denominación “auditores” se encuentra en toda la herramienta de diagnóstico y que puede existir requisitos adicionales o diferentes para el contador que tenga la autoridad para firmar la opinión o el dictamen de auditoría.
Algunas de las preguntas planteadas para ésta Sección fueron las siguientes: ¿Existen requisitos mínimos de acceso a la profesión contable?; se hace énfasis en los aspirantes a profesionales y precisa entre otros requisitos:
• la educación de nivel universitario,
• la experiencia práctica
• la realización de un examen profesional.
¿Se requiere que los aspirantes a profesionales completen el desarrollo profesional inicial como se define en las Normas Internacionales de Educación (IES 2-6)?. ¿Es decir, si los programas de formación en contaduría imparten en sus estudiantes el desarrollo de habilidades para identificar los problemas con el fin de saber qué conocimiento es necesario para su reconocimiento y resolución y como se logra este cumplimiento?. ¿Se requiere que los aspirantes a auditores cumplan con los requisitos de IES 8, competencia profesional para socios de trabajo responsables de las auditorías de los estados financieros?; Es decir, ¿cómo se logra el cumplimiento de los requisitos de competencia en los futuros profesionales para desempeñar el rol auditor, especialmente para aquellos trabajos en entornos e industrias específicas?.
Esta última pregunta es clave no sólo porque se refiere al conocimiento y habilidades especializados que el futuro profesional pueda desarrollarse y mantenerse competentemente en esta área, sino también debido a la responsabilidad y confianza que el público y otros terceros depositan en su opinión como auditor.
¿Existe un requisito de examen profesional para ingresar a la profesión contable?. Es decir, que los estudiantes, deben acreditar un nivel de competencia «intermedio» (según lo define el IAESB) en todas las áreas de formación que requiere un aspirante a profesional en concordancia con lo establecido en la IES 2, excepto en Economía, donde el nivel de competencia «básico» es suficiente como lo expresa el instructivo del cuestionario.
B. Continuando el desarrollo profesional
Esta Sección del cuestionario corresponde a los requisitos para el desarrollo profesional continuo, el aprendizaje permanente y el mantenimiento de la competencia, tanto para los profesionales de la contabilidad como para los auditores. Cada aspecto está estrechamente relacionado con la Norma Internación de Educación IES 7, la cual busca que los contadores y auditores logren estándares para proporcionar servicios de alta calidad a los clientes, empleadores y otros interesados.
C. Organizaciones profesionales de contadores (PAO)
Esta última Sección del cuestionario, en términos generales estuvo centrado en la descripción de los poderes legales de los PAO existentes en Colombia como, por ejemplo, el registro profesional, la emisión de tarjetas o certificaciones, el establecimiento de estándares, monitoreo e investigación y disciplina sobre casos de posible mala conducta o infracciones disciplinarias de los miembros. Para finalizar se hizo relación descriptiva de CONPUCOL como gremio profesional de los contadores, su estructura, su alcance y radio de acción.
Para entender un poco más sobre las PAO en términos de la IFAC, el desarrollo sostenido de la profesión contable se logra de mejor manera por medio de una organización u organizaciones profesionales de contadores cuyo objetivo clave sea el de proteger el interés público en todas las cuestiones relacionadas con la profesión, establecer las normas profesionales, en especial las normas de la conducta profesional, y representar a todo el conjunto de contables del país y empleados e independientes de la contabilidad.
Organización Profesional de los Contadores en Colombia (PAO) En Colombia.
A ninguna organización profesional de contadores, se le ha reconocido ni se le ha conferido funciones públicas por Ley para ejercer la gobernanza de la profesión que posibilite su autorregulación. Sin embargo, el gremio de los contadores trabaja actualmente en un proyecto de Ley sobre Gobernanza que le permita el reconocimiento por parte del Estado, que la profesión de los contadores, es un actor concapacidad de contribuir en formulación y aplicación de políticas públicas, lo cual se materializa con el establecimiento de una organización profesional debidamente dotada y fortalecida para que cumpla los fines esenciales de proteger el interés público en todas las cuestiones que tienen que ver con la profesión, y que le asignen funiones públicas como la responsabilidad del registro, control, inspección, vigilancia y magistratura disciplinaria de la profesión del Contador Público garantizando el correcto ejercicio y la ética profesional.
Cabe anotar que, existe hoy «un gobierno de la profesión contable» ejercida por dos entidades del Estado, de una parte, la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores de una parte, la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores- JCC, entidad que tiene como función el registro de los profesionales, la vigilancia y el control del ejercicio, funciones que cumple precariamente; adicionalmente de ella depende el funcionamiento del Tribunal Disciplinario quien solo se responsabiliza de hacer cumplir las normas éticas, mediante investigación y sanciones sobre las conductas profesionales que así lo ameriten. Y, de otra parte, El Consejo Técnico de la Contaduría Pública-CTCP, entidad que tiene la función de estudiar para normalizar los asuntos de la profesión, mediante la presentación de proyectos de Ley ante otras instancias del gobierno para su aprobación y promulgación.
Así que, la gobernanza de la profesión de los contadores públicos en Colombia, al contrario de la mayoría de las organizaciones profesionales en el mundo, recae en las dos entidades estatales mencionadas, cuya mayor parte de conformantes, pese a que son profesionales que cumplen con el requisito de ser contadores, sus roles son de delegados de altos funcionarios del estado para ejercer la disciplina de los contadores; contexto que contraviene a todas luces contra la característica más preciada de una profesión: su autonomía. Si bien es cierto que la autonomía profesional se logra con el apoyo del Estado, también lo es que, el Estado requiere de una profesión autónoma que le permita asegurar su capacidad de gobierno y legitimar sus iniciativas.
Quienes ejercemos la Contaduría Pública en Colombia, nos asiste el derecho constitucional de ordenarla y administrarla. La profesión necesita y reclama su reconocimiento través del concepto de gobernanza y ello requiere una construcción colectiva por parte de todos los actores: Gremios, Academia y Estado. Sea la oportunidad que, organismos multilaterales como el Banco Mundial, interesado en ésta información, pueda apoyar para jalonar el proceso de la autonomía que la profesión de los contadores en Colombia requiere.
La descripción de CONPUCOL como PAO para el informe ROCS 2021, hace parte intregral de este Artículo que fue publicado en la revista Líder Absoluto 10a Edición de Agosto de 2021. Puede encontrarla en el siguiente Link.