MEJORAS SOBRE EL DUR 2420 DE 2015 – Proyecto de simplificación, Parte 1

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública- CTCP a través de sus diferentes eventos, ha evidenciado la necesidad de realizar mejoras normativas al Decreto Único Reglamentario- DUR 2420 de 2015, logrando una mayor simplificación a los requisitos establecidos sobre los preparados de información financiera. El Documento de Discusión Publica pueden ser consultados en el enlace: SIMPLIFICACION DUR

La obligatoriedad en Colombia de llevar contabilidad se ha establecido normativamente desde el Código de Comercio, la Ley 43 del 1990, la Ley 222 de 1995 y hasta la Ley 1314 de 2009, con la adopción a los estándares internacional de contabilidad, información financiera y aseguramiento. El DUR2420 de 2015 ha experimentado varias modificaciones que han generado una complejidad en la aplicación.

En esta ocasión el documento para discusión pública busca una revisión de lo señalado en el mencionado decreto, respecto de las Normas de Contabilidad, Información Financiera y Aseguramiento de Información, de tal forma que puedan ponerse a tono con las necesidades de los usuarios de la información financiera y de acuerdo con los criterios de clasificación de las empresas en el país. En consecuencia, El CTCP está buscando comentarios que le contribuyan a establecer la mejor forma para desarrollar este objetivo.

Este es un primer documento de una serie de revisiones respecto de lograr una simplificación de las normas de información financiera, de contabilidad y de aseguramiento vigentes en Colombia. La invitación busca obtener comentarios sobre las nueve (9) preguntas señaladas en el documento. De esta manera se está dando cumplimiento del debido proceso establecido en el artículo octavo de la Ley 1314 de 2009, con el fin de efectuar las recomendaciones a las autoridades de regulación que se consideran pertinentes en el proceso convergencia hacia estándares de aceptación mundial.

Para este fin el CTCP requiere que: 1. respondan las preguntas tal como se plantearon; 2. indiquen de manera clara los párrafos, artículos, o normas a que hacen referencia; 3. sustenten fundamentos de las recomendaciones; 4. expliquen claramente las alternativas a tomar que surjan de las recomendaciones; 5. en caso de que expresen algún tipo de desacuerdo, exponer claramente la problemática y las respectivas sugerencias o recomendaciones debidamente soportadas en texto Word o Excel. El CTCP como autoridad de normalización técnica, por disposición de la Ley 1314 de 2009, debe participar en los procesos de elaboración de las normas internacionales de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información, que adelanten instituciones internacionales, dentro de los límites de sus recursos y de conformidad con las directrices establecidas por el Gobierno. Por ello, en plan de trabajo del CTCP siempre se incluye la revisión de las Normas que hoy forman parte de los anexos 1, 2 y 3 del DUR 2420 de 2015.

Así que extendemos la invitación a que remita sus opiniones, a partir de los comentarios y recomendaciones que se reciban, el CTCP los evaluará; el envíe sus comentarios a los siguientes correos: mdiaz@mincit.gov.co y lvaron@mincit.gov.co, antes del 20 de abril del año 2021. El CTCP Agradece su interés por nuestra profesión contable.

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