El pasado 19 de mayo, mediante comunicación radicada a la Ministra de Comercio Industria y Tursimo, Dra. MARIA XIMENA LOMBANA, los Dignatarios del Tribunal Disciplinario de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, se han pronunciado para solicitarle que se estudie la posibilidad de reformar, o rediseñar, con la mayor urgencia, la capacidad operativa de la Junta Central de Contadores y de su Tribunal Disciplinario, de manera que se permita atender la misionalidad en el contexto actual de la profesión, se establezcan mecanismos de garantía de la doble instancia para los profesionales implicados en los procesos disciplinarios, y se modifique, si fuera el caso, la vinculación de los miembros del tribunal.
Tal determinación fue tomada por este Cuerpo Colegiado, de común acuerdo, para manifestar su gran preocupación porque la capacidad de la Unidad Administrativa Junta Central de Contadores no es adecuada para la garantía de la oportunidad, celeridad y calidad de sus actuaciones. Lo anterior por dos razones fundamentales: primero, por el vertiginoso crecimiento de los profesionales y sociedades de contadores para ejercer; y segundo, por la estructura actual, la vinculación y conformación de la Junta, la imposibilidad legal de la doble instancia, la pérdida de competencia del Tribunal, y la insuficiente planta de personal para los asuntos disciplinarios.
La definición ampliada de entidad de interés público (PIE, por su sigla en inglés) complementa las Normas Internacionales de Independencia (IIS por su sigla en inglés) recientemente fortalecidas en relación con los servicios que no son de aseguramiento y los honorarios pagados por los clientes de auditoría. El Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores (IESBA) publicó, el 11 de abril de 2022 una definición revisada de PIE junto con otras disposiciones revisadas en el Código Internacional de Ética para Contadores Profesionales (incluidas las Normas Internacionales de Independencia).
Las disposiciones revisadas especifican una lista más amplia de categorías de entidades como PIE incluida una nueva categoría "entidad que cotiza en bolsa" para reemplazar la categoría "entidad cotizada", cuyas auditorías deben estar sujetas a requisitos de independencia adicionales para cumplir con las mayores expectativas de las partes interesadas con respecto a la independencia del auditor cuando una entidad es una PIE.
De otra parte, las disposiciones, reconocen el papel esencial que desempeñan los organismos locales responsables de la adopción del Código de Ética en la delimitación de las entidades específicas que deben incluirse como PIE en sus jurisdicciones, alentándolos a refinar adecuadamente las categorías de PIE en la definición ampliada y agregando cualesquiera otras categorías relevantes para sus entornos. Además, las revisiones introducen un requisito de transparencia para que las empresas divulguen públicamente la aplicación de los requisitos de independencia para las PIE cuando lo hayan hecho.
Un artículo publicado el pasado 30 de marzo por Camila Hessel, directora general interina de la Asociación de Contadores de Dinamarca, analiza las condiciones contables y de auditoría a las que se enfrentan los auditores, las Firmas Contables y en general las empresas danesas que han sido afectadas indirectamente por el estallido de la guerra entre Ucrania y Rusia.
Argumenta que, la guerra no solo afecta a los países involucrados, sino que va mucho más allá de las fronteras nacionales. Los auditores deben continuar observando las normas, revisar su evaluación de riesgos, etc., y considerar otras acciones respecto a los efectos que la guerra pueda tener en la relación con el cliente y la tarea de auditoría; en este sentido Hessel enfoca su análisis a partir de las preocupaciones del Gremio Profesional y responde con base en una publicación de la Asociación Europea de Contadores ACE "Guerra en Ucrania: lo que los contadores europeos necesitan saber" publicada el 9 de marzo de 2022, de la siguiente manera: